
| DÓNDE DEBO TRAMITAR LAS AYUDAS |
Las solicitudes de ayudas, junto con la documentación necesaria, se tramitan y resuelven el los Servicios Provinciales de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, situados en:
Huesca: Plaza Cervantes, 1
Teruel: C/ San Francisco, 1
Zaragoza: Paseo Maria Agustín, 36, puerta 9, planta calle
El plazo máximo para solicitar las ayudas es de tres meses contados desde la celebración del contrato privado de compraventa o de adjudicación o, en su caso, desde la realización de la escritura pública de compraventa o de adjudicación.
| PRECIO MÁXIMO DE VENTA DE VIVIENDAS PROTEGIDAS |

| PRIMER ACCESO A LA VIVIENDA EN PROPIEDAD |
SUBSIDIACIÓN DE PRÉSTAMOS
El Ministerio de Vivienda subsidiará dichos préstamos convenidos en la cuantía y los periodos que a continuación se indica, referidas a periodos anuales por cada 10.000 € de préstamo:
CUANTÍA ESTATAL DIRECTA A LA ENTRADA
La cuantía de la ayuda estatal directa a la entrada se incrementará cuando la vivienda estuviera situada en un ámbito territorial declarado de precio máximo superior a las siguientes cuantías:

| LIMITACIONES A LA FACULTAD DE DISPOSICIÓN |
La vivienda no podrá se objeto de transmisión intervivos no ni de cesión de uso por ningún título durante el plazo de 10 años desde la formalización de la adquisición o del préstamo, sin cancelar el préstamo y recabar autorización de venta, previo reintegro de las ayudas recibidas, con los intereses legales desde su percepción. Esta limitación se hará constar en las escrituras de formalización del préstamo y de compraventa, adjudicación o declaración de obra nueva.
No obstante, y al margen de la financiación, toda vivienda protegida de Aragón no podrá transmitirse durante los primeros cinco años, salvo en unos supuestos y condiciones determinadas.
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