AYUDAS ECONÓMICAS
- Se acuerda la supresión de las ayudas de subsidiación de préstamos contenidas en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Así mismo no se reconocerán aquellas solicitudes que estén en tramitación y que no hayan sido objeto de concesión por parte de la Comunidad Autónoma.
- Se acuerda la apertura del plazo para la presentación de solicitudes de ayudas financieras a inquilinos, previstas en el Decreto 60/2009, de 14 de abril, por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012
- Corrección de errores
| DÓNDE DEBO TRAMITAR LAS AYUDAS |
Las solicitudes de ayudas, junto con la documentación necesaria, se tramitan y resuelven en las Subdirecciones Provinciales de Vivienda de las Secretarías Provinciales correspondeintes, situados en:
Huesca: Plaza Cervantes, 1
Teruel: C/ San Francisco, 1
Zaragoza: Paseo Maria Agustín, 36, puerta 9, planta calle
El plazo máximo para solicitar las ayudas es de tres meses contados desde la celebración del contrato privado de compraventa o de adjudicación o, en su caso, desde la realización de la escritura pública de compraventa o de adjudicación.
| PRECIO MÁXIMO DE VENTA DE VIVIENDAS PROTEGIDAS |
El precio máximo de venta de estas viviendas variará según su tipología, y la clasificación de municipios, tal y como se establece en el cuadro siguiente:

| PRIMER ACCESO A LA VIVIENDA EN PROPIEDAD |
SUBSIDIACIÓN DE PRÉSTAMOS
El Ministerio de Vivienda subsidiará dichos préstamos convenidos en la cuantía y los periodos que a continuación se indica, referidas a periodos anuales por cada 10.000 € de préstamo:
| LIMITACIONES A LA FACULTAD DE DISPOSICIÓN |
La vivienda no podrá se objeto de transmisión intervivos no ni de cesión de uso por ningún título durante el plazo de 10 años desde la formalización de la adquisición o del préstamo, sin cancelar el préstamo y recabar autorización de venta, previo reintegro de las ayudas recibidas, con los intereses legales desde su percepción. Esta limitación se hará constar en las escrituras de formalización del préstamo y de compraventa, adjudicación o declaración de obra nueva.
No obstante, y al margen de la financiación, toda vivienda protegida de Aragón no podrá transmitirse durante los primeros cinco años, salvo en unos supuestos y condiciones determinadas.
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