TOC TOC! - Gobierno de Aragón - Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes


OBJETO
.-
La renta básica de emancipación tiene como objeto facilitar la emancipación de los jóvenes a través de un conjunto de ayudas directas destinadas al apoyo económico para el pago del alquiler de la vivienda que constituye su domicilio habitual y permanente.

 

REQUISITOS

  • Tener entre 22 y 30 años (la prestación se interrumpe al cumplir los 30 años)
  • Disponer de, al menos, una fuente regular de ingresos que no supere los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a quienes estén trabajando por cuenta propia o ajena, el personal investigador en formación y los perceptores de una prestación social pública de carácter periódico, contributiva o asistencial.
  • Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
  • Ser titular del contrato de alquiler (no se aceptarán los contratos de alquiler entre familiares de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad).
  • No tener vivienda en propiedad salvo que hayan sido privados de su uso y disfrute por causa no imputables al interesado.
  • Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.                                                 
  • Domiciliación bancaria de la ayuda en alguna de las entidades de crédito colaboradoras del Ministerio de Vivienda.
  • Domiciliación bancaria del pago del alquiler. Dicho pago deberá efectuarse mediante transferencia bancaria a una cuenta predeterminada del arrendador, o mediante el cargo de recibos domiciliados en la cuanta del inquilino, directamente por parte del arrendado o de quien lo represente.
  • Estar al corriente del pago periódico del pago del alquiler de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Quienes obtengan esta ayuda, al tratarse de una subvención pública y suponer un ingreso patrimonial, adquieren la obligación de presentar la declaración del IRPF, en la que también deberán incluirse las cantidades percibidas, pues, de no hacerlo, además de poder ser sancionados por la comisión de una infracción tributaria, dejarán de cobrar esa renta por no estar al día de sus obligaciones tributarias.

 

DURACION Y CUANTIA DE LA AYUDA.-

 

210 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro, años sean o no consecutivos. En el caso de que haya más de un firmante del contrato de alquiler, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades de la ayuda por el número total de titulares.

 

600 euros de préstamo sin interés, reintegrable cuando se extinga la fianza del último contrato de arrendamiento.

 

Si se necesita aval, una cantidad de 120 euros, por una sola vez, con un avalista privado como garantía del arrendamiento.


Sólo percibirán las ayudas de los 600 euros de préstamo sin intereses y los 120 euros en caso de que se necesite aval, si la solicitud de las mismas se efectúa en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de firma del contrato de arrendamiento. 

 

 

DONDE SE DEBE PRESENTAR LA SOLICITUD

 

Las solicitudes de la ayuda, junto con la documentación necesaria, se tramitan y resuelven en la Dirección Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes:

 

En Huesca: Plaza Cervantes, 1

En Teruel: CL San Francisco ,1

En Zaragoza: Paseo Mª Agustin, 36

 

Además, si lo desea puede llamar al teléfono 900122132  para solicitar una  cita previa o recibir información.




Ir al principio de la página  
Subir  
Sección privada
Comprueba tu participación en promociones
NIF:
Consulta tu participación con DNI Electrónico
Enlaces
Gobierno de Aragón
Zaragoza Alquila
 
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
 
 
 
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
Atención telefónica gratuita: 900 122 132
 
 
 
 
Copyright 2005 Diputación General de Aragón