OBJETO.- La renta básica de emancipación tiene como objeto facilitar la emancipación de los jóvenes a través de un conjunto de ayudas directas destinadas al apoyo económico para el pago del alquiler de la vivienda que constituye su domicilio habitual y permanente.
REQUISITOS
Quienes obtengan esta ayuda, al tratarse de una subvención pública y suponer un ingreso patrimonial, adquieren la obligación de presentar la declaración del IRPF, en la que también deberán incluirse las cantidades percibidas, pues, de no hacerlo, además de poder ser sancionados por la comisión de una infracción tributaria, dejarán de cobrar esa renta por no estar al día de sus obligaciones tributarias.
DURACION Y CUANTIA DE LA AYUDA.-
210 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro, años sean o no consecutivos. En el caso de que haya más de un firmante del contrato de alquiler, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades de la ayuda por el número total de titulares.
600 euros de préstamo sin interés, reintegrable cuando se extinga la fianza del último contrato de arrendamiento.
Si se necesita aval, una cantidad de 120 euros, por una sola vez, con un avalista privado como garantía del arrendamiento.
Sólo percibirán las ayudas de los 600 euros de préstamo sin intereses y los 120 euros en caso de que se necesite aval, si la solicitud de las mismas se efectúa en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de firma del contrato de arrendamiento.
DONDE SE DEBE PRESENTAR LA SOLICITUD
Las solicitudes de la ayuda, junto con la documentación necesaria, se tramitan y resuelven en la Dirección Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes:
En Huesca: Plaza Cervantes, 1
En Teruel: CL San Francisco ,1
En Zaragoza: Paseo Mª Agustin, 36
Además, si lo desea puede llamar al teléfono 900122132 para solicitar una cita previa o recibir información.