
| RÉGIMEN JURIDICO | |
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| PRECIOS Y RENTAS MÁXIMAS | |
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Los establecidos en el anexo I de este decreto, en función de la superficie y de la ubicación, pudiendo incrementarse con el importe de los anejos (trastero y plaza de garaje) Estos anejos estarán sujetos al régimen jurídico y precios máximos de los anejos de vivienda protegida. Para la determinación del precio máximo podrán computarse como máximo 90 metros cuadrados útiles destinados a vivienda y 33 máximo a anejos. La renta máxima será el 4% sobre el precio máximo de venta anterior. Los precios y rentas máximas de las viviendas protegidas declaradas garantizadas serán los que resulten conforme a su normativa como protegidas.
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| AVAL PÚBLICO | |
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Los avales se prestarán como garantía adicional del principal del préstamo hipotecario.
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| PRÉSTAMOS CONVENIDOS | |
Subsidiación de las viviendas garantizadas libres y las usadas de régimen tasado según tabla adjunta |